Áreas comunes

 Son todas aquellas áreas que son de uso, goce y disfrute de todos los condóminos sin crear derecho de posesión o propiedad individual, pertenecen a los todos los condóminos y su uso está regulado por la Ley de Propiedad en Condominio y el Reglamento Interno del Desarrollo, por ejemplo: 


• Jardines vecinales y zonas deportivas.
• Corredores, escaleras y patios.
• Zonas de circulación y calles interiores.
• Banquetas y andadores.
• Senderos